La legítima y los herederos forzosos
En MCT Abogados, contamos con un departamento de derecho de sucesiones. Nuestros abogados especializados en herencias y testamentos, le atenderán, asesorarán y ayudarán para solucionar sus dudas o conflictos familiares sobre la legítima o los herederos forzosos, llevando su caso ante los Tribunales o alcanzando una solución de forma extrajudicial.
Los dos tercios de legítima
De las dos partes de legítima no podrá el testador disponer a su libre voluntad. Sino, que siempre y según la ley, esos dos tercios serán para los herederos forzosos.
Los herederos forzosos
Los herederos forzosos son: los hijos, si no hay, demás descendientes, como nietos, y si no hay hijos ni nietos, los ascendientes: padres y abuelos. Y en caso de no existir tampoco, la viuda o viudo. Estos últimos con ciertas limitaciones.
Legítima estricta
Del tercio de legítima estricta, se deberá repartir de forma proporcional y equitativa entre los herederos forzosos.
Legítima amplia
Del otro tercio de legítima, el de mejora. Está obligado a repartirlo entre los herederos forzosos pero de la forma que quiera, podrá dejarlo todo a uno, repartirlo entre varios, o como prefiera.
Un ejemplo. Si la herencia consta de 90.000 €, y hay tres herederos. 30.000 € serán de libre disposición. 60.000 € a dejar a los herederos forzosos. Dentro de estos 60.000 €, la mitad podrá el testador repartir 30.000 € como quiera entre los tres herederos, sin embargo, los otros 30.000 €, se deberán repartir, 10.000 € a cada uno de los tres.
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