¿Sirven los Whatsapp en juicio como prueba?
¿Valen los whatsapp en juicio como prueba?
- En un caso de despido, cuando el empresario despide al trabajador por whatsapp.
- Cuando se producen insultos o amenazas por este medio.
- Reclamaciones o quejas en alguna compra.
Los avances tecnológicos y las nuevas formas de comunicación nos llevan a preguntarnos hasta qué punto pueden ser medios de prueba elementos como los whatsapps u otras aplicaciones tipo email o de mensajería instantánea. Vamos a analizar cuales son los requisitos para usarlos a nuestro favor de cara a un juicio.
¿Es sencillo aportar un whatsapp en juicio?
A la hora de fundamentar nuestros argumentos, puede parecernos sencillo que se admita un whatsapp como prueba en juicio, pero no lo es tanto.
El servidor de Whatsapp (alojado en EEUU) no almacena los mensajes que intercambian sus usuarios, de manera que no podemos tener acceso a una plataforma que nos garantice que esos mensajes son totalmente verdaderos.
Es posible que se falsifiquen mensajes, conversaciones e incluso identidades.
¿Cuándo un whatsapp puede servirnos como prueba?
Cuatro requisitos para que valga un whatsapp en juicio:
1º.- Integridad: de manera que no omitamos ninguna parte de la conversación o mensaje que queremos aportar.
2º.- Claridad: que no sea confuso.
3º.- licitud: no habiendo vulnerado ninguno de los derechos fundamentales amparados por la Constitución, especialmente el derecho a la intimidad personal y al secreto de las comunicaciones.
4º.- Auténtico: aquel que presente el whatsapp y quiera utilizarlo en favor de sus pretensiones, será el que deba demostrar la autenticidad de este.
¿Yo lo aporto, yo tengo que demostrar su veracidad?
Sobre este tema se ha pronunciado el Tribunal Supremo en una Sentencia de 19 mayo de 2015: estableciendo que será indispensable para demostrar la autenticidad de este medio de prueba la intervención de un perito (prueba pericial) para determinar la veracidad del archivo, su origen, y las partes que hubieran intervenido en él. Si bien existen otras formas para intentar demostrar la autenticidad de los whatsapps: entregar la tarjeta SIM, mostrar la conversación que han mantenido dos personas a través de sus respectivos móviles, un acta notarial que demuestre que se ha llevado a cabo esa conversación entre esas dos personas …
Entonces, ¿siempre que aporte un whatsapp tengo que presentar un informe pericial informático?
No no siempre. Veamos porqué.
Al aportar una conversación de whatsapp, la otra parte del juicio (el denunciado o el demandado) podrá no impugnar la prueba documental. Y su contenido se entenderá verdadero. En cambio, si la otra parte del conflicto, impugna esa prueba, diciendo que es falsa, no siempre se considerará así.
Pues, en todo caso, será el juez el que tenga que valorar la veracidad o no del whatsapp.
Espero haber resuelto todas vuestras dudas sobre los whatsapp en juicio!
Antonio Séneca. Abogado. Departamento de Derecho (TIC) Digital.