Abogados expertos en delitos por accidentes de tráfico.

En MCT Abogados, contamos con un departamento de accidentes de tráfico. Con abogados penalistas especializados en este tipo de delitos: homicidio imprudente, lesiones por imprudencia, omisión del deber de socorro, y delitos contra la seguridad vial, le ayudarán en el procedimiento judicial.

Contacte con nuestras oficinas de Murcia y Cartagena, donde un abogado penalista de accidentes de tráfico de nuestro despacho le atenderá con cita previa.

Cuando se produce un accidente de tráfico, suelen producirse daños a las personas y daños a las cosas. Cuando el accidente no es grave, la víctima reclamará por la responsabilidad civil y se obtendrá una indemnización económica.

En algunos casos, cuando se produce un accidente de tráfico, existe por parte de quien ha provocado el accidente responsabilidad penal, si ha cometido algún delito.

El artículo 1902 del Código Civil Español indica que “el que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado”.

Lo que en un accidente de tráfico se traduce en que deberá satisfacer la indemnización económica por los daños personales, lesiones producidas en la víctima, y por los daños materiales: reparación del vehículo accidentado de la víctima.

Cómo hemos dicho en un accidente de tráfico, o accidente de tránsito, no en todos los casos, pero sí en muchos, existe además de la responsabilidad civil, una responsabilidad penal, si el culpable del accidente ha cometido además algún delito, que pueden ser estos: homicidio imprudente, lesiones por imprudencia, omisión del deber de socorro, y delitos contra la seguridad vial.

El que por imprudencia grave causare la muerte de otro, será castigado, como reo de homicidio imprudente, con la pena de prisión de uno a cuatro años.

Si el homicidio imprudente se hubiera cometido utilizando un vehículo a motor o un ciclomotor, se impondrá asimismo la pena de privación del derecho a conducir vehículos a mo

El que por imprudencia menos grave causare la muerte de otro, será castigado con la pena de multa de tres meses a dieciocho meses.

Si el homicidio se hubiera cometido utilizando un vehículo a motor o un ciclomotor, se podrá imponer también la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de tres a dieciocho meses.

El que por imprudencia grave causare lesiones a otro será castigado, en atención al riesgo creado y el resultado producido:

1.º Con la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a dieciocho meses, si se tratare de las lesiones menoscaben su integridad corporal o su salud física o mental, será castigado, como reo del delito de lesiones con la pena de prisión de tres meses a tres años o multa de seis a doce meses, siempre que la lesión requiera objetivamente para su sanidad, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico o quirúrgico. La simple vigilancia o seguimiento facultativo del curso de la lesión no se considerará tratamiento médico.

2.º Con la pena de prisión de uno a tres años, si se tratare de lesiones que provoquen la pérdida o la inutilidad de un órgano o miembro principal, o de un sentido, la impotencia, la esterilidad, una grave deformidad, o una grave enfermedad somática o psíquica.

3.º Con la pena de prisión de seis meses a dos años, si se tratare de lesiones que causaren a otro la pérdida o la inutilidad de un órgano o miembro no principal, o la deformidad.

Si los hechos se hubieran cometido utilizando un vehículo a motor o un ciclomotor, se impondrá asimismo la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de uno a cuatro años.

  1. El que por imprudencia menos grave causare alguna de las lesiones anteriores será castigado con una pena de multa de tres meses a doce meses.

Si los hechos se hubieran cometido utilizando un vehículo a motor o un ciclomotor, se podrá imponer también la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de tres meses a un año.

Existe un delito recogido en el Código Penal en el artículo 195, que impone la obligación de ayudar o socorrer a las personas que hallen en peligro grave y manifiesto, y en total desamparo, siempre y cuando, la persona que se encontrara en tal situación pudiera prestarle ayuda sin riesgo para ella o para otras personas.

Estos son los delitos concretos relacionados directamente con la circulación y seguridad vial recogidos en nuestros Código Penal:

Delito de conducción a más velocidad de la permitida. Penas de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

Delito de alcholomia o bajo los efectos de sustancias psicotrópicas. Las mismas penas.

Delito por conducción temeraria. Penas de prisión de seis meses a dos años y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta seis años.

Delito por negarse a someterse a las pruebas de alcoholemia. Penas de prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

– Delito por conducción sin permiso, carnet o licencia. Pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.

Somos abogados penalistas especializados en delitos por accidentes de tráfico como delitos contra la seguridad vial. Si has sufrido algo así, llámanos y te ayudaremos, iniciaremos un procedimiento pena, te acompañaremos, defenderemos, y conseguiremos que se haga justicia.

En MCT Abogados, contamos con un equipo de abogados del departamento de derecho penal y del departamento de derecho de accidentes de tráfico, con experiencia en delitos contra la seguridad vial que podrán ayudarte y guiarte. Ponte en contacto con ellos, a través de nuestros despachos en Cartagena o Murcia.  

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