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Facturación electrónica obligatoria en España

Dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia se ha planteado por el gobierno un anteproyecto de ley de creación y crecimiento de empresa, que incluye entre otras medidas un plan de implementación de la facturación electrónica obligatoria en España para todas las empresas y autónomos.

Dicha norma, se encuentra ahora mismo, en trámite parlamentario de estudio y aprobación de enmiendas. Por tanto, muy pronto debe ser aprobada y entrar en vigor.

¿Cuál es el objetivo de la facturación electrónica obligatoria?

El principal objetivo es que la Agencia Tributaria pueda controlar todas las relaciones comerciales de todas las empresas y autónomos, y luchar contra el fraude fiscal.

Por otro lado, se busca la sostenibilidad del medio ambiente, evitando el consumo de papel y la impresión de tinta de impresoras, así como el ahorro económico de las empresas. También se conseguirá ahorrar espacio, pues se podrán guardar en el ordenador e incluso en la nube. Y al establecerse sistemas automáticos, tanto para su emisión y envío al receptor como a la agencia tributaria, se ahorrará tiempo.

¿Qué es una factura electrónica?

La factura electrónica ya existe en España desde el año 2013, con la aprobación de la Ley 25/2013, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el sector público. La obligación de facturación electrónica entró en vigor en el año 2015, y para operaciones con las Administraciones Públicas.

La factura electrónica, es no es más que una factura. No es en papel, sino en formato digital. Debe acreditar la emisión, autenticidad, y veracidad de la empresa o persona que la emite, y se debe acreditar también de forma digital la recepción.

Los requisitos y contenido mínimo son los mismos que en la factura en formato papel, los regulados en el artículo 6 del Reglamento de la obligación de facturación.

 

Tipos de facturación electrónica

A día de hoy, existen dos tipos de facturas electrónicas válidas: las que tiene formato estructurado y las que no.

Las facturas con formato estructurado, se realizan de forma automatizada por sistemas informáticos, que facilitan y acreditan tanto la emisión como recepción. Los más habituales son en lenguaje XML.

Las facturas electrónicas en formato no estructurado, son las que usamos habitualmente pero sin imprimir, es decir, los documentos en word, las escaneadas, ficheros PDF. Para su transmisión se tienen que utilizar sistemas de comunicación electrónica como Whatsapp, correo electrónico, etc. Suele incluir sistemas de reconocimiento óptico de caracteres (OCR).

¿Desde cuando es obligatoria la facturación electrónica para las empresas en España?

Debemos diferenciar las empresas que trabajan y son proveedores de Administraciones Públicas de las que no lo son. Cómo hemos visto antes, las empresas que facturan a entidades públicas, deben trabajar siempre con facturación electrónica, como indica la web oficial de FACTURA-E.  La excepción a esta norma, es que el servicio o producto facturado, sea inferior a 5.000 €. Esta obligación existe desde el año 2015.

El resto de empresas y autónomos, según el texto propuesto por el Gobierno (que todavía debe ser convalidado por el Parlamento), viene a establecer la obligación de facturación electrónica en dos plazos. En un año desde que se publique en el BOE, para las empresas que facturen más de 8 millones de euros. Y en tres años, para el resto de empresas.

Conclusión

Aunque ahora mismo pueda parecer complicado adaptar nuestra contabilidad y facturación a un formato digital, la norma todavía no ha sido aprobado y aún así existe un plazo grande para su adaptación. Además en la web oficial de FACTURA-E, existe una guía técnica para su adaptación, así como software gratuitos para la emisión de estas facturas.

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